La Constituci贸n de los Estados Unidos de Venezuela de 1864 fue sancionada el 28 de marzo de 1864 en la ciudad de Caracas por la Asamblea Constituyente de la Federaci贸n, promulgada en Santa Ana de Coro por el entonces presidente Juan Cris贸stomo Falc贸n el 13 de abril de 1864 y refrendada por los ministros el 22 de abril de dicho a帽o.
La Asamblea Nacional Constituyente cual estaba constituida por 100 diputados elegidos en las provincias, de conformidad con el decreto de 1863 del Ejecutivo Federal. En este decreto se convocaba al pueblo para efectuar las elecciones correspondientes. La Asamblea Nacional Constituyente de la Federaci贸n se instal贸 solamente en Caracas, el 24 de diciembre de 1863, con la asistencia de 69 diputados.
Aunque tuvo una vigencia de solo 10 a帽os, hist贸ricamente se considera una de las constituciones venezolanas m谩s importantes por su contenido, sobre todo por establecer un sistema federal para la Venezuela de entonces. Acent煤a los aspectos de descentralizaci贸n de la constituci贸n anterior de 1858 y se le agrega de forma m谩s expl铆cita el t茅rmino «federal».
Caracter铆sticas
- Se declara que las antiguas provincias constituyen, en adelante, 20 estados independientes, cuyo conjunto forman una naci贸n libre.
- Se cambia el nombre de «Rep煤blica de Venezuela» a «Estados Unidos de Venezuela», el cual persiste hasta 1953.
- Los estados gozan de igualdad pol铆tica entre s铆, establecen su propio r茅gimen interno, de acuerdo con los principios del gobierno popular, electivo, federal, representativo, alternativo y responsable.
- Establece las garant铆as de los venezolanos cubren la inviolabilidad de la vida y de la correspondencia; el respeto a la propiedad, al hogar dom茅stico; la libertad de pensamiento, reuni贸n y asociaci贸n p煤blica y privada.
- El derecho al sufragio a todos los venezolanos, sin m谩s restricciones que la condici贸n femenina y la de contar menos de 18 a帽os de edad.
- Se decreta la educaci贸n primaria como obligatoria y gratuita.
- Autoriza la libertad de cultos, aun cuando conserva la religi贸n cat贸lica como credo oficial de la naci贸n.
- En cuanto a los poderes p煤blicos, adopta una divisi贸n tripartita: ejecutivo, legislativo, y judicial.
- El per铆odo presidencial es de 4 a帽os y no se contempla la reelecci贸n inmediata. El presidente debe ser venezolano por nacimiento y haber llegado a los 30 a帽os de edad.
- Se instituye que el presidente para tomar decisiones debe estar en Consejo de Ministros.
- La Legislatura nacional es el Congreso y est谩 formada por la C谩mara de Senadores y de Diputados; los primeros son elegidos a raz贸n de 2 principales y 2 suplentes por cada estado.
- La Alta Corte Federal est谩 formada por 5 vocales, seleccionados por el Congreso de acuerdo a la lista que le presentan las legislaturas de cada estado; tanto los vocales como los suplentes ejercen sus funciones durante 4 a帽os.
- Los tribunales de justicia de cada entidad federal son independientes.
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